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🏛️ PROCESO ACEPTACIÓN DE HERENCIA CON TESTAMENTO, PARTE 2

Empezar de cero no es solo posible ¡es legal!

En el blog anterior te explicamos qué hacer cuando un familiar fallece y no deja testamento.
Hoy veremos el proceso cuando sí existe testamento o un pacto sucesorio, y resolveremos las dudas más comunes sobre el Impuesto de Sucesiones.

 

1️⃣ ¿Qué es un testamento y cómo se hace?

Un testamento es el documento legal en el que el testador decide cómo se repartirán sus bienes, siempre respetando la legítima de los herederos forzosos. Existen tres tipos principales:

  • 📜 Testamento Abierto
    Es el más habitual. Se hace ante Notario, se eleva a público y queda inscrito en los Actos de Últimas Voluntades. Es la opción más segura y difícil de impugnar.

  • 📑 Testamento Cerrado
    Documento privado redactado por el testador (o un autorizado), firmado, sellado y entregado al Notario. Está regulado en los arts. 706 a 715 del Código Civil.

  • ✍️ Testamento Ológrafo
    Hecho de puño y letra (o grabado en ciertos casos) por el testador, con firma y fecha. Para que sea válido tras el fallecimiento, debe protocolizarse ante Notario en un plazo máximo de 5 años.

 

2️⃣ Proceso de aceptación con testamento

En este caso, nos ahorramos la Declaración de Herederos, ya que el testamento identifica a las personas llamadas a heredar.
Los pasos clave son:

  1. Reunir la documentación del patrimonio:

    • Notas simples de los inmuebles.

    • Certificados de posiciones bancarias.

    • Documentos de bienes muebles (coches, motos…).

    • Certificados de fondos de inversión o valores.

    • Certificados de deudas (hipotecas, préstamos, etc.).

  2. Coordinar con la notaría la redacción de la Escritura de aceptación de herencia. En ella se detalla todo el activo y pasivo con sus valores.

  3. Verificar el régimen matrimonial y posibles cotitularidades, ya que pueden influir en el reparto.

 

3️⃣ Impuesto de Sucesiones y Plusvalías

  • ⏳ Plazo:
    Dispones de 6 meses desde el fallecimiento para presentarlo. Antes de que termine ese plazo, puedes pedir una prórroga de otros 6 meses (máximo total: 1 año).

  • 💶 Cuánto pagarás:
    Depende de tu Comunidad Autónoma.
    En muchas, los descendientes, ascendientes, adoptantes y cónyuges tienen bonificaciones del 99% o incluso 100%.

  • 📌 Otros gastos:
    Honorarios de notaría, gestoría o abogado (suelen rondar entre 1.000€ y 1.500€, dependiendo de si hay testamento o no).

 

📢 Conclusión ABOGAD@S 5.0

Aceptar una herencia con testamento es más rápido que sin él, pero requiere una buena organización documental y cumplir los plazos fiscales para evitar recargos.
Una mala gestión puede traducirse en sanciones, conflictos familiares o pérdida de beneficios fiscales.

En ABOGAD@S 5.0 te acompañamos en todo el proceso:

  • Reunimos y preparamos la documentación.

  • Coordinamos la notaría.

  • Calculamos y presentamos impuestos a tiempo.

  • Defendemos tus intereses en caso de conflicto.

📞 Contáctanos y asegura que tu herencia se gestione con tranquilidad y sin riesgos.

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