Cuando llega una separación o un divorcio, uno de los temas más sensibles es la pensión de alimentos. Surgen dudas como:
👉 ¿Quién tiene que pagarla?
👉 ¿Cómo se calcula la cuantía?
👉 ¿La custodia compartida elimina la obligación?
En este artículo resolvemos estas preguntas con un lenguaje claro y apoyándonos en lo que establece el Código Civil y la práctica de los tribunales.
1️⃣ La base legal: artículo 146 del Código Civil
«La cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe.»
Es decir, el cálculo depende de dos factores clave:
Los medios económicos de los progenitores.
Las necesidades reales de los hijos.
2️⃣ Custodia compartida y pensión: ¿hay obligación?
Un error muy común es pensar que si existe custodia compartida no hay que pagar pensión. ❌
La realidad es otra: lo que importa no es el tiempo con los hijos, sino la capacidad económica de cada progenitor.
Ejemplo: si uno de los padres tiene ingresos muy bajos, ¿cómo cubriría los gastos del menor durante el tiempo que le corresponde?
La pensión busca equilibrar esa situación en beneficio del menor, que siempre es el interés prioritario.
3️⃣ Factores que influyen en el cálculo
A la hora de fijar la pensión de alimentos, los jueces valoran:
💶 Ingresos de los progenitores (salarios, bonificaciones, rentas…).
👨👩👧👦 Número de hijos.
📚 Necesidades de los menores (educación, salud, ocio, manutención).
🏠 Tipo de custodia (exclusiva o compartida).
🏡 Uso de la vivienda familiar.
🌍 Lugar de residencia (el coste de vida no es igual en todas las ciudades).
4️⃣ ¿Qué gastos incluye la pensión?
La pensión de alimentos suele cubrir los gastos ordinarios:
Educación (matrícula, material, comedor, uniforme).
Vivienda (parte proporcional de alquiler, suministros, limpieza).
Manutención (alimentación, ropa, farmacia, higiene).
Otros gastos fijos y previsibles (transporte escolar, seguro médico, móvil del menor).
📌 Importante: la hipoteca no se incluye como gasto directo del menor, pero sí se tiene en cuenta para calcular la capacidad económica del progenitor que la paga.
5️⃣ ¿Cómo se reparte entre los progenitores?
El reparto de gastos no es 50/50 automático. Se hace en proporción a la capacidad económica real de cada progenitor, teniendo en cuenta también sus gastos ineludibles (hipotecas, préstamos, manutención propia u obligaciones con otros hijos).
El objetivo es un equilibrio justo: que el menor esté cubierto, sin dejar a ninguno de los padres en situación de precariedad.
6️⃣ ¿Existe una cantidad mínima o fija?
No. Cada familia es distinta.
Los tribunales hacen un cálculo individualizado en cada caso.
7️⃣ Tablas orientativas del CGPJ
El Consejo General del Poder Judicial ha elaborado tablas que permiten hacerse una idea de la pensión según los ingresos y el número de hijos.
➡️ Ojo: son solo orientativas y no vinculantes. La última palabra siempre la tiene el juez.
✨ Conclusión
La pensión de alimentos no es una “sanción” ni un castigo, sino una herramienta para garantizar el bienestar de los hijos tras una ruptura.
Su cálculo depende de factores económicos, de las necesidades reales de los menores y siempre del principio rector: el interés superior del menor.