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👨‍👩‍👧‍👦 ¿HASTA QUÉ EDAD HAY QUE PAGAR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS A LOS HIJOS?

Empezar de cero no es solo posible ¡es legal!

Cumplir 18 años no convierte a nadie en adulto de golpe. Muchos jóvenes siguen dependiendo económicamente de sus padres, lo que genera dudas y conflictos tras una separación. ¿Hasta cuándo hay que seguir ayudando? ¿Y si el hijo no se esfuerza? En este artículo te explicamos cuándo se mantiene la obligación de pago, cuándo puede extinguirse y qué hacer si se desea dejar de pagar.

 

1. ✅ ¿Cuándo se mantiene la pensión de alimentos?

Según el artículo 93 del Código Civil, la obligación de alimentos se mantiene mientras los hijos:

✔️ Sean menores de edad.
✔️ Estén sujetos a la patria potestad por razón de discapacidad.
✔️ Sean mayores de edad pero vivan en el domicilio familiar y carezcan de ingresos propios.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo señala que esta obligación se extiende hasta que los hijos alcancen la suficiencia económica, siempre que su necesidad no haya sido creada por su propia conducta (STS 5 de noviembre de 2008 y 25 de octubre de 2016).

ℹ️ Por tanto, si el hijo está cursando estudios de manera activa (universidad, oposiciones…) y no dispone de recursos propios, el progenitor deberá seguir pagando.

 

2. ❌ ¿Cuándo puede extinguirse la pensión de alimentos?

Existen varios supuestos en los que se puede pedir al juez que extinga la obligación:

🚗 Independencia económica del hijo: Si consigue un empleo estable o recursos suficientes.
✊ Mayoría de edad y autosuficiencia: Aunque cumpla 18 años, si ya puede mantenerse solo, cesa la obligación.
🚫 Conducta del beneficiario: Abandono injustificado del hogar, actitudes desagradecidas o delitos contra el progenitor.
❎ Falta de relación: Si se prueba una ruptura persistente, grave e injustificada con el progenitor.
⚰️ Fallecimiento del hijo: Finaliza automáticamente.
🌐 Incapacidad económica del progenitor: Se puede pedir la extinción (o reducción), pero nunca dejar de pagar por cuenta propia. Hacerlo podría constituir delito de abandono de familia (art. 227 CP).

 

3. 🔓 ¿Y si el hijo ni estudia ni trabaja?

Si el hijo ha alcanzado la mayoría de edad y no cursa estudios ni busca empleo activamente, el progenitor puede solicitar la extinción. El Tribunal Supremo ha establecido que no es exigible seguir manteniendo a hijos inactivos por decisión propia, sin justificación razonable. La pasividad prolongada y voluntaria puede ser causa suficiente para extinguir la pensión.

 

4. ⚖️ ¿Se puede reducir en lugar de extinguir?

En ocasiones, aunque no se extinga la obligación, puede solicitarse una reducción si:

  • El progenitor tiene nuevos hijos o nuevas cargas familiares.
  • Ha visto disminuidos significativamente sus ingresos.
  • El hijo beneficiario percibe ingresos esporádicos (trabajos de verano, becas…).

El juez valorará el caso concreto y podrá adaptar la pensión a la nueva situación.

 

5. ❌ ¿Puede renunciar el hijo a la pensión alimenticia?

No. El artículo 151 del Código Civil establece que el derecho a alimentos es irrenunciable. Solo un juez puede declarar su extinción si se cumplen los supuestos legales.

 

6. 🔢 ¿Cómo se solicita la extinción de la pensión?

No basta con dejar de pagar. El progenitor debe presentar una demanda de modificación de medidas ante el juzgado. El juez valorará:

  • Si el hijo ha alcanzado independencia económica.
  • Si hay un cambio sustancial en la situación económica del progenitor.
  • Si existe falta de relación significativa atribuible al hijo.

🔹 Consejo: El convenio regulador debe prever con claridad el importe, duración, forma de pago y condiciones de extinción de la pensión, para evitar futuros conflictos.

 

📉 Conclusión: cada caso es distinto, pero la pensión no es para siempre

La obligación de pagar pensión alimenticia puede prolongarse más allá de los 18 años, pero no de forma indefinida ni incondicional. Si el hijo no demuestra esfuerzo por ser autosuficiente o si se dan circunstancias como las descritas, se puede solicitar su extinción o reducción.

📩 En ABOGAD@S 5.0 te ayudamos a revisar tu convenio regulador, valorar si sigues obligado al pago o iniciar el procedimiento judicial para extinguir o reducir la pensión.

💬 ¡Cuéntanos tu caso y pongamos orden juntos!

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